Infracciones de tránsito

 

 

Según la Ley de tránsito en Argentina, se consideran infracciones graves:

  1. La violación de cualquier disposición vigente que atente contra la seguridad del tránsito.
  2. Obstruir la circulación.
  3. Dificultar o impedir el estacionamiento de vehículos de servicio público o vehículos de emergencia en los lugares reservados.
  4. Ocupar espacios reservados.
  5. Contaminar el medio ambiente.
  6. Conducir vehículos sin estar habilitado para ello.
  7. No tener la documentación en regla.
  8. Circular con vehículos sin tener las chapas patentes reglamentarias o sin el seguro obligatorio.
  9. Fugarse o negarse a dar información o presentar la documentación si un agente lo requiere.
  10. No cumplir con la normativa en caso de accidente.
  11. Incumplir lo establecido en la ley por parte de los talleres mecánicos, comercios dedicados a la venta de repuestos o las escuelas de conducción.
  12. Transitar con vehículos que no cumplan lo exigido en la ley.
  13. Circular con carga o pasajeros sin tener una habilitación extendida por una autoridad competente.
  14. Excederse en el peso y provocar una reducción en la vida útil de la estructura vial.

Cometer este tipo de infracciones graves conllevan una sanción, a no ser que una autoridad de juzgamiento nos exima de ella porque no hayamos podido evitar cometer la falta o por una necesidad debidamente acreditada.

En todos los demás casos, estas infracciones graves serán sancionadas y podrán agravarse si hemos puesto en peligro la salud de las personas, si hemos cometido la falta por fingir que estábamos prestando un servicio de emergencia, por entorpecer la prestación de un servicio público o si hemos hecho abuso de nuestro carácter de funcionarios.

Las sanciones a las que nos podemos enfrentar son:

  • Arresto.
  • Inhabilitación para conducir vehículos.
  • Multa.
  • Concurrencia a cursos de educación vial.
  • Decomiso de los elementos prohibidos.

 

Más información: LEY 24.449, artículo 77 y siguientes. 

 

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